/    Servicio al Afiliado

0800 2900 / 09220 2900

Atención Presencial

Oficinas Comerciales

Prestaciones


Jubilación AFAP 65 años


Esta causal permite jubilarse solo por el sistema AFAP a los 65 años, a pesar de no cumplir con las condiciones para jubilarse con BPS.

Aquellos afiliados que opten por esta opción, pueden seguir aportando a BPS hasta generar causal jubilatoria.


Documentación a presentar para iniciar trámite en la AFAP:

Fotocopia Cédula de Identidad

Partida de nacimiento original

 

Por consultas comunicarse a prestaciones@integracionafap.com.uy