Esta causal permite jubilarse solo por el sistema AFAP a los 65 años, a pesar de no cumplir con las condiciones para jubilarse con BPS.
Aquellos afiliados que opten por esta opción, pueden seguir aportando a BPS hasta generar causal jubilatoria.
Documentación a presentar para iniciar trámite en la AFAP:
Fotocopia Cédula de Identidad
Partida de nacimiento original
Por consultas comunicarse a prestaciones@integracionafap.com.uy