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Sistema Mixto (AFAP-BPS)


Sistema Mixto de Jubilaciones


El Sistema Mixto Previsional está compuesto por dos tramos de aportación que van a conformar la jubilación del trabajador.

Estos tramos son:

- Solidaridad intergeneracional, que es administrado por el Banco de Previsión Social y al cual todos los trabajadores tienen la obligación de aportar.

- Ahorro individual obligatorio, este complementa al tramo del BPS. Significa que el trabajador tiene a su nombre una cuenta en una AFAP

Una AFAP (Administradora de Fondos de Ahorro Previsional) es una empresa que se dedica a administrar los fondos de ahorro individual obligatorio de los trabajadores afiliados al Sistema Mixto con el objetivo de brindarles una mejor jubilación.

El único requisito es estar registrado en BPS y tener alta de actividad.

Por otro lado, es importante tener en cuenta que la Ley N° 16.713 determina que algunos trabajadores están obligados a afiliarse a una AFAP.

Estos son, los trabajadores cuyo salario nominal supere el nivel 1 de aportación y además: a) son menores de 40 años al 1 de abril de 1996, o b) sin importar la edad, han ingresado al mercado laboral después del 1 de abril de 1996 en una actividad amparada por el BPS.

Aquellos trabajadores que de acuerdo a la Ley se encuentren comprendidos obligatoriamente en el sistema mixto, pueden afiliarse voluntariamente a una AFAP, en caso contrario, BPS le asignará una Administradora de oficio.

Conozca los beneficios del Sistema Mixto 2023.pdf